Micelio
Auto21 de mayo de 2010

A- de 2010

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Sin Información·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Derecho A La Salud Y La Vida
  • Requerir a Asociación Médica Sindical ASMEDAS Nacional en el seguimiento de sentencia T-760/08
  • Requerir a Comisiones Séptimas Constitucionales Permanentes del Senado de la República y la Cámara de Representantes hacer parte de grupos de seguimiento de sentencia T-760/08
  • Invitación a Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre el Derecho a la Salud hacer parte de grupos de seguimiento de sentencia T-760/08
  • Requerir a Organización Nacional Indígena de Colombia y Organización Proceso de Comunidades Negras hacer parte de grupos de seguimiento de sentencia T-760/08
1 tema · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Mediante el presente auto se invita al Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre Derecho a la Salud al igual que las Comisiones Séptimas Constitucionales Permanentes del Senado y Cámara, a la Organización Nacional Indígena de Colombia y a la Organización Proceso de Comunidades Negras para hacer parte de los grupos de seguimiento de la sentencia T-760 de 2008.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Ordenar que por la Secretaría General de esta Corporación se oficie nuevamente al Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre el Derecho a la Salud, informando sobre la invitación que le extiende la Corte Constitucional para hacer parte de los Grupos de Seguimiento de la Sentencia T-760 de 2008 y si así lo considera, en el término de tres (3) días, contados a partir del recibo de esta comunicación, acepte su inclusión.
  2. Segundo. Remítase la comunicación de que trata el anterior numeral al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, con sede en Ginebra (Suiza), acompañada con copia de este auto y del proferido el 3 de diciembre de 2009.
  3. Tercero. Ordenar que por la Secretaría General de esta Corporación se requiera a las Comisiones Séptimas Constitucionales Permanentes del Senado de la República y la Cámara de Representantes, a través de sus presidentes o a quienes éstos designen, para que, si así lo consideran, en el término de tres (3) días, contados a partir del recibo de esta comunicación, indiquen si aceptan la participación extendida a ellos a través del auto proferido el del 3 de diciembre de 2009 para que hagan parte del Grupo de Seguimiento de la sentencia T-760 de 2008 y señalen qué infraestructura técnica, operativa y de material han de disponer para hacerle seguimiento a la sentencia, debiéndose remitir con dicho requerimiento copia del citado auto y de esta providencia.
  4. Cuarto. Ordenar que por la Secretaría General de esta Corporación se requiera a la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONIC- y a la Organización Proceso de Comunidades Negras -PCN-, a través de sus representantes o a quienes éstos designen, para que, si así lo consideran, en el término de tres (3) días, contados a partir del recibo de esta comunicación, indiquen si aceptan la participación extendida a ellos a través del auto proferido el del 3 de diciembre de 2009 para que hagan parte del Grupo de Seguimiento de la sentencia T-760 de 2008 y señalen qué infraestructura técnica, operativa y de material han de disponer para hacerle seguimiento a la sentencia, debiéndose remitir con dicho requerimiento copia del citado auto y de esta providencia.
  5. Quinto. Ordenar que por la Secretaría General de esta Corporación se requiera a la Asociación Médica Sindical (ASMEDAS Nacional), para que suministren nuevamente un teléfono de contacto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.